EL PIKES PEAK WORFORCE CENTER ES UN PROGRAMA/EMPLEADOR QUE OFRECE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

LA IGUALDAD DE OPORTUNDIADES ES LA LEY:

El Pikes Peak Workforce Center tiene prohibido discriminar por motives de raza, color, religión, sexo, origen nacional, edad, discapacidad, afiliación o creencias políticas, y solo para beneficiarios, ciudadanía o participación en programas financiados por Pikes Peak Workforce Center, y sus modificaciones, en la admisión o acceso a, oportunidad o tratamiento en, o empleo en la administración de o en conexión con cualquier programa financiado por Pikes Peak Workforce Center. Los servicios de asistencia con el idioma, las ayudas y los servicios auxiliares se proporcionarán sin costo, de manera oportuna a pedido.

Formatos alternativos disponibles

El Pikes Peak Workforce Center es un Empleador/Programa que ofrece igualdad de oportunidades y considera solicitantes para todos los puestos/programas sin importar la raza, color, religión, credo, género, origen nacional, edad, marital, veterano o cualquier otro estado legalmente protegido. Es contra la ley para el recipiente de asistencia financiera federal discriminar por los siguientes motivos:  Contra cualquier persona en los Estados unidos sobre la base de la raza, color, religión, sexo (incluido embarazo, parto, y condiciones medicas asociadas, estereotipos de género, estado de transgénero e identidad de género), origen nacional (incluido el dominio limitado del inglés), edad, discapacidad o afiliación o creencia política o, contra cualquier beneficiario de, solicitante de o participante en programas asistidos financieramente bajo el Título 1 de la Ley de innovación y oportunidad para la fuerza laboral (Workforce Innovation and Opportunity Act) por motives del estatus de ciudadanía de un individuo o la participación en cualquier programa o actividad que reciba asistencia financiera del Título 1 de la WIOA. Este receptor no debe discriminar en ninguna de las siguientes áreas: decidir quién será admitido, o tendrá acceso a cualquier programa o actividad financiada por el Titulo 1 de WIOA; ofrecer oportunidades en, o tratar a cualquier persona con respecto a, dicho programa o actividad; o tomar decisiones de empleo en la administración de, o en conexión con, dicho programa o actividad. Los receptores de  asistencia financiera federal deben tomar las medidas razonables para asegurar que las comunicaciones con personas con discapacidades son tan efectivas como las comunicaciones con otras personas.  Esto significa que, previa solicitud y sin costo para la persona, los receptores están obligados a proporcionar las ayudas y servicios auxiliares a los individuos calificados con discapacidades.

Qué hacer si cree que ha sufrido discriminación

Si cree que ha sido objeto de discriminación en cualquier programa o actividad de Pikes Peak Workforce Center, puede presentar una queja en los 180 días siguientes a la fecha de la supuesta infracción ya sea ante el Encargado de igualdad de oportunidades (Equal Opportunity Officer) de Pikes Peak Workforce Center (o la persona que el receptor haya designado para este propósito):

Pikes Peak Workforce Center Equal Opportunity Officer
(Encargado de Igualdad de Oportunidades de Pikes Peak Workforce Center)

Steven Orzech
1675 Garden of the Gods Road, Colorado Springs, CO 80907

The CDLE Equal Opportunity Officer (Oficial de Igualdad de Oportunidades del Departamento de Trabajo y Empleo de Colorado)

Ron Arthur
633 17th St., 12th floor, Denver, CO 80202

Si usted presenta su queja al receptor, deberá esperar hasta que el receptor emita por escrito una notificación de acción final (Notice of Final Action), o hasta que hayan pasado 90 días (lo que ocurra antes), antes de presentar la queja al Centro de derechos civiles (Civil Rights Center, CRC). Si el receptor no le entrega una Notificación de acción final en un plazo de 90 días a contar del día en que usted presentó su queja, entonces puede presentar la queja al CRC antes de recibir dicha notificación.  Sin embargo, debe presentar su queja al CRC dentro de 30 días desde que se cumple el plazo de 90 días (en otras palabras, dentro de 120 días del día en que presentó su queja al receptor). Si el receptor le da una Notificación de acción final escrita sobre su queja, pero usted no está satisfecho con la decisión o resolución, puede presentar una queja al CRC.  Usted debe presentar su queja al CRC dentro de 30 días de la fecha en que recibió la Notificación de acción final.

OTROS ENLACES ÚTILES SOBRE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES