En cumplimiento de las disposiciones de la Ley de estadounidenses con discapacidades de 1990 (“ADA”), el centro laboral Pikes Peak Workforce Center (“PPWFC”) no discriminará a ninguna persona por motivos de esa discapacidad en los servicios, programas o actividades del Condado.

EMPLEO:

El Condado no discrimina por motivos de discapacidad en la contratación ni en las prácticas de empleo. El Condado acata todos los reglamentos promulgados por la Comisión de igualdad de oportunidades en el empleo de los Estados Unidos en virtud del Título I de la ADA.

COMUNICACIÓN EFICAZ:

Previa solicitud, el centro laboral de Pikes Peak Workforce Center proporcionará ayudas auxiliares y servicios de asistencia apropiados para una comunicación eficaz de personas con discapacidades, lo que permitirá a esa persona participar en igualdad de condiciones en los programas, servicios y actividades del Condado. Los servicios de asistencia incluyen intérpretes de lenguaje de señas, documentos en formatos alternativos y otros métodos de hacer que la información y comunicación sea accesible para personas con una discapacidad, por ejemplo con problemas de habla, audición o de visión.

MODIFICACIONES A LAS POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS:

El centro laboral Pikes Peak Workforce Center está dispuesto a hacer todas las modificaciones razonables a las políticas y los procedimientos para asegurar que las personas con discapacidades tengan igualdad de oportunidades para hacer uso de los programas, servicios y actividades del PPWFC. Por ejemplo, las personas acompañadas por un animal de servicio son bienvenidas en las oficinas del Condado y de PPWFC donde generalmente se prohíben las mascotas.

SOBRECARGAS:

El centro laboral Pikes Peak Workforce Center no pondrá una sobrecarga sobre ningún individuo particular con una discapacidad o sobre cualquier grupo de personas con discapacidades para cubrir el costo de proporcionar ayudas/servicios auxiliares, o modificaciones razonables de la política, como recuperar artículos de lugares que están abiertos al público pero no son accesibles para personas que usan silla de ruedas.

BARRERAS ARQUITECTÓNICAS:

El Condado tomará todas las medidas apropiadas para dar acceso a su edificio e instalaciones a las personas con discapacidades.

ALTERACIONES FUNDAMENTALES/CARGA INDEBIDA:

La ley ADA no exige al Condado de El Paso o al centro laboral Pikes Peak Workforce Center que tomen alguna medida que pueda alterar esencialmente la naturaleza de sus programas o servicios, o imponer una carga financiera o administrativa indebida.

SOLICITAR UNA ADAPTACIÓN:

Toda persona que requiera una ayuda o servicio auxiliar para mantener una comunicación eficaz, o una modificación de las políticas o procedimientos para participar en un programa, servicio o actividad del centro laboral Pikes Peak Workforce Center, debería comunicarse con la persona de contacto de ADA indicada abajo tan pronto como sea posible, pero no después de 48 horas antes del evento programado. Para su conveniencia, el Formulario de solicitud de adaptación o eliminación de barreras (Request for Accommodation or Barrier Removal) está disponible aquí mismo o puede pedirlo a través del agente de enlace de ADA.

Lilyth Orzech

Pikes Peak Workforce Center
persona de contacto para el Título II de la ADA
1675 Garden of the Gods Rd.
Colorado Springs, CO 80907
LilythOrzech@elpasoco.com
(719) 337-8660

Disponemos de formatos alternativos

En nuestra oficina principal disponemos de servicios de asistencia y adaptativos para personas con discapacidades.
1675 Garden of the Gods Rd
Colorado Springs, CO 80907